¿Cómo debería definirse la sucesión frente a una vacante en la legislatura porteña? El Dr. Alfonso Santiago, director de la Escuela de Gobierno de la Universidad Austral, fue consultado por La Nación para echar luz sobre el tema.


 

Alfonso Santiago

La sucesión debe ser definida por la Justicia o la Legislatura

La vacante que se generó por la muerte de Débora Pérez Volpin en la Legislatura porteña quedó envuelta en un enredo de dudas e interpretaciones legales.

Según por donde se lo mire, la periodista puede ser reemplazada por dos personas distintas. Si se respeta la paridad de género, Bárbara Bonelli tendría que ser la elegida. Pero si se tiene en cuenta el orden de la boleta electoral -y el Código Nacional Electoral al momento de definirse el armado de las listas-, el reemplazante debe ser Leandro Halperín.

Aunque hay un debate interno en el partido Evolución sobre cómo seguir, el doctor Alfonso Santiago, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Austral, explicó a LA NACION que la decisión final debería ser tomada por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad o la propia Legislatura (la Constitución porteña establece que el órgano es “juez exclusivo de los derechos y títulos de sus miembros”).

¿Por qué? En diciembre del año pasado entró en vigor la ley 27.412, que establece la paridad de género. Esa normativa modificó la redacción del Código Nacional Electoral. Antes, la legislación establecía que en caso de muerte de un legislador, su reemplazo debía ser aquella persona que seguía en la lista electoral, pero con la nueva ley eso cambió. Ahora, quien debería reemplazarlo debe ser del mismo sexo.

La ciudad de Buenos Aires adhiere a la legislación electoral nacional, al no tener su propio código electoral. Pero ¿se tiene en cuenta la adhesión a la vieja normativa o a la nueva?

“Es discutible. Hay dos principios distintos que chocan y no hay muchos antecedentes. Se debate si se tiene que respetar el listado que la gente votó con un orden establecido o la intención de que haya paridad de género. Es una cuestión abierta que la Justicia va a tener de definir”, sostuvo Santiago.

Según opina el catedrático, se debería respetar el orden de las listas electorales “porque contempla todo el mecanismo del armado de la lista aprobado por la Justicia y votado” por la ciudadanía. “Ante este hecho correspondería respetar el proceso anterior y no forzar la decisión del electorado para tener el cupo”, agregó.

En el caso de que Evolución quiera imponer el respeto de la paridad, puede forzar a Halperín a no ocupar su banca. Pero en el espacio afirman que son altas las posibilidades de que él sea el elegido.

En tanto, pese a que la legislación puede generar dudas, la Ciudad tiene pendiente la aprobación de un código electoral propio en el que se prevé la sustitución de un legislador teniendo en cuenta la paridad de género.

“En caso de muerte, renuncia, destitución, inhabilidad o incapacidad permanente de un/a Diputado/a, lo/a sustituirán hasta completar su mandato, el/la suplente del mismo género”, reza el artículo 55 del proyecto.