víctimas

Juan María Rodríguez Estévez, profesor de Derecho Procesal Penal de la Universidad Austral, analizó para La Nación la decisión que tomaron los jueces en el caso conocido como «La masacre de Flores».  


 

La reciente decisión judicial por la cual la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal resolvió no permitir que el responsable de la conocida masacre de Flores sea puesto en libertad trajo un cambio de aire en la ciudadanía, cada vez más atenta a la tarea de los jueces.

El conocido caso de Matías Bagnato ha venido ocupando la atención de los medios de comunicación y ha suscitado la adhesión social de una comunidad que cada vez se identifica con mayor frecuencia con quien sufre las consecuencias del delito. En este caso, el homicidio de su padre, madre y hermanos cuando el condenado a prisión perpetua por ese crimen incendió su casa. Matías salvó su vida de milagro al lograr saltar por una ventana. Tenía apenas 16 años.

A 24 años de ocurrida esa tragedia, Matías es la cara de muchas víctimas que día a día recorren nuestros tribunales de justicia tras un objetivo común: ser escuchadas. Matías lo logró cuando, el 12 de abril de este año, los jueces Niño, García y Bruzzone lo escucharon en la audiencia que tenía por objeto resolver un pedido de libertad del condenado por aquel delito. La decisión que tomaron los jueces es muy importante para nuestra comunidad y trasciende su caso particular.

Es la primera vez que una instancia judicial extraordinaria como la Cámara Nacional de Casación Penal escucha a la víctima de un delito grave en el marco del proceso de ejecución de la pena. Esta es la etapa donde se debate todo lo relativo al cumplimiento de la sanción impuesta al condenado, como su posible libertad condicional o sus salidas transitorias de manera anticipada al cumplimiento total de la pena. La víctima siempre fue ignorada en esa instancia, pues la letra fría de la ley establece que no es «parte» en ese proceso.

Sin embargo, con fundamento en la nueva ley de víctimas que nuestro país sancionó el año pasado, los jueces tomaron la decisión de escuchar a Matías en una audiencia pública. No solo eso, sino que permitieron que también sus abogados tuvieran unos minutos para aportar su visión jurídica del caso y se le dio valor a una prueba que el propio Matías había incorporado para el debate jurídico. Esto último tal vez sea lo más trascendente de esta importante sentencia.

En una sociedad siempre al borde de la desintegración social, donde las ideologías suelen condicionar la interpretación de la ley, las víctimas tienen derecho a ser escuchadas antes de que los jueces tomen decisiones claves que las afecten. Las víctimas nos sacan de nuestra zona de comodidad y nos interpelan con sus reclamos de justicia. Escucharlas nos devuelve el sentido común que la burocracia judicial y los vericuetos legales de un sistema legal complejo suelen hacernos perder.

Nadie elige ser víctima de un delito y nada puede devolver a las víctimas aquello que han perdido. Ningún juez podrá volver a poner las cosas en su lugar. Pero al escucharlas en el proceso penal, se les está devolviendo por parte del Estado aquella dignidad que el delito les arrebató ilegítimamente.

Los jueces en el caso de Matías parecen haber inaugurado un nuevo tiempo.

Doctor en Derecho por la Universidad Austral y presidente de la Comisión de Derecho Penal del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires

Por: Juan María Rodríguez Estévez