Dr. Gustavo Abreu, Director Ejecutivo del LL.M. y Director de la Cátedra de Derecho del Deporte de la Universidad Austral, escribió una columna de opinión para Perfil y fue entrevistado por Radio Cultura sobre la suspensión de Messi.


Gustavo Abreu

Se hizo justicia

En un fallo que provocó reacciones encontradas, ayer, la Comisión de Apelación de la FIFA aceptó el recurso interpuesto por la AFA y le levantó la suspensión de cuatro partidos a Lionel Messi.

En un fallo que provocó reacciones encontradas, ayer, la Comisión de Apelación de la FIFA aceptó el recurso interpuesto por la AFA y le levantó la suspensión de cuatro partidos a Lionel Messi. La Comisión de Apelación de la FIFA consideró reprochable la conducta de Messi en el incidente durante el partido contra Chile por las Eliminatorias y se decidió que las pruebas disponibles no eran suficientes para demostrar según los estándares adecuados –es decir, de manera completamente satisfactoria para los miembros de la Comisión de Apelación–, la aplicabilidad del art. 77 a) del CDF, que permite a la Comisión Disciplinaria sancionar las faltas graves que no hubiesen advertido los oficiales de partido.

Los motivos utilizados para dejar sin efecto las sanciones a Messi no resultan convincentes, dado que el mundo entero ha podido ver desde todos los ángulos, y hasta en cámara lenta, cómo el jugador claramente insultó al línea brasileño.

De todos modos, hay que destacar que la Comisión de Apelación, valorando los argumentos de los abogados de la AFA, tomó la decisión de enmendar el error cometido por la Comisión Disciplinaria y, así, evitó confirmar una sanción equivocada.

Lo que todo el mundo quiere saber ahora es por qué la sanción estaba equivocada si todo el mundo vio que Messi empleó un lenguaje ofensivo y grosero contra uno de los árbitros del partido. Pues bien, lo cierto es que la Comisión Disciplinaria sólo puede actuar de oficio para sancionar las faltas graves que no hubiesen advertido los oficiales del partido. Y los insultos que todo el mundo vio no constituyen una falta grave.

La segunda pregunta es, ¿por qué no lo son? Fundamentalmente, porque en las circunstancias en que se dieron los agravios, no fueron valorados como tales por quien fuera su víctima, dado que no motivaron la expulsión del jugador. El Código Disciplinario de la FIFA exige, como presupuesto necesario al definir el concepto de “falta grave”, que el jugador haya sido expulsado. De ello se deduce fácilmente que, si Messi no fue expulsado, su falta no fue considerada grave por el árbitro agraviado.

En definitiva, estaba mal sancionado por la Comisión Disciplinaria y la propia FIFA, a través de otro de sus órganos, la Comisión de Apelación, ha enmendado el error y ha hecho justicia en este caso que no para de generar polémicas.

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