Por: Ángel Urquizu Cavallé

¿Un sistema de crédito social creado a través del procesamiento masivo de datos donde se determinan una serie de patrones conductuales, que serán objeto de recompensa y castigo, puede respetar los derechos y garantías de los contribuyentes?

En los sistemas de crédito social, el Estado de acuerdo con la ley, realiza una valoración integral de la reputación de cada uno de los miembros que conforman la sociedad.

Nos encontramos con una estructura legal panóptica que implementa listas positivas de entes sociales (que merecen una recompensa) y listas negativas de entes sociales (que merecen castigo), teniendo en cuenta la valoración de determinados comportamientos y conductas. Un sistema basado en el control y supervisión de la integridad, la credibilidad, el respeto, el prestigio, la confianza, la disciplina, y otros valores, que configuran un estándar básico social.

Un mecanismo institucional que promueve e incentiva la honestidad, y disuade y castiga la deshonestidad, de acuerdo con las leyes, en todos los niveles y ámbitos, incluyendo también como parte esencial y fundamental, el tributario.

En la República Popular China se ha establecido un sistema de emisión de integridad social, que incluye específicamente la creación de un “sistema de crédito fiscal”, que en el año 2020 estará plenamente consolidado, articulado sobre el big data para crear estructuras de supervisión y control, a nivel mundial.

En el gigante asiático, los entes que forman parte de una lista roja son los que contribuyen y aportan un valor significativo, evaluable, a la sociedad; los que forman parte de una lista negra, son los que no contribuyen y aportan un valor a la sociedad, desatendiendo o no respondiendo a sus obligaciones sociales.

La recopilación de información de los diferentes entes territoriales y sectoriales para poder evaluar el crédito de cada ente socializado es la base del sistema integral de emisión de integridad.

Las infraestructuras legales de crédito se extienden a todos los ámbitos y niveles de la sociedad.

En el ámbito tributario, se hace referencia directamente al “sistema de crédito fiscal”, un mecanismo operativo para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de todos los contribuyentes, a través de un sistema estructurado de recompensa y castigo, en el que se reconocen y publicitan tanto las conductas honestas y dignas de confianza como las deshonestas e indignas de confianza.

El estado del crédito fiscal se determina en función del registro objetivo del comportamiento tributario del contribuyente, y se divide en grados. La autoridad fiscal implementa una gestión de clasificación jerárquica, y asume que el Estado es el responsable de guiar a los contribuyentes.

En este sistema se crea un nuevo principio aplicable al sistema tributario, el principio de confiabilidad tributario, que se convierte en estándar gubernamental de calidad.

No obstante, un sistema de crédito social plantea serias dudas en el ámbito jurídico-tributario que van a tratarse en el II CONGRESO NACIONAL DE DERECHO TRIBUTARIO, en torno a la protección de los derechos y garantías de los ciudadanos, el respeto y colisión con determinados principios constitucionales nacionales y principios supranacionales y, en general, con la seguridad jurídica.

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