27 de noviembre de 2019
por Carla Mares
Parte de su exposición en el II Congreso Internacional de Derecho Tributario.
El 29 de setiembre, la Administración Tributaria publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia 188-2019/Sunat que aprueba el Sistema Integral de Recepción e Intercambio Automático de Información, como medio de presentación de la declaración informativa del Reporte País por País.
El Sistema IR AEOI se empezará a utilizar en el Perú a partir del 1 de octubre, con el objetivo de optimizar el intercambio automático de información. Esta norma supone, a su vez, modificar la forma y condiciones para presentar la declaración Reporte País por País.
Como sabemos, en el 2014, el Perú suscribió con la OCDE un Acuerdo de Cooperación y un Memorando de Entendimiento, así como el Programa País, con el fin de incorporar a nuestro país a ese organismo. En este marco, el Perú se adhirió en el 2017 a la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria (CAMMT).
Nuestro país se sumó así a los más de 100 países que son parte de la CAMMT y que podrán intercambiar información financiero-tributaria sobre ganancias de capital, intereses y regalías (entre otros) que los residentes peruanos tengan en el extranjero y que los residentes extranjeros tengan en el Perú.
La CAMMT es uno de los instrumentos que forman parte del nuevo estándar mundial para la cooperación entre Administraciones Tributarias. Es claro, en los tiempos que corren, que la evasión fiscal, el fraude y la erosión de las bases imponibles solo pueden combatirse si hay una eficaz y eficiente colaboración entre las distintas jurisdicciones.
La globalización y el acceso a plataformas de banca en línea han facilitado que los contribuyentes puedan administrar cuentas y activos financieros en instituciones extranjeras, que podrían escapar con relativa facilidad a la fiscalización de la autoridad fiscal de su país de residencia. A ello se suman los distintos escándalos de fraude fiscal que involucran entidades financieras y que han agudizado la presión sobre los gobiernos para que tomen acciones al respecto. Y, si queremos añadir algo más, podemos mencionar que la crisis de 2008 trajo como consecuencia que las grandes potencias reconocieran que debía darse un serio impulso a la recaudación y ello pasaba, entre otras cosas, por dotar a las autoridades tributarias de las herramientas necesarias para conocer las rentas y activos de los contribuyentes.
Este contexto motivó, en primer término, la aparición de la Ley FATCA en los Estados Unidos y, más adelante, la reacción de la OCDE que propuso el Common Reporting Standard (CRS) para articular así un sistema multilateral de intercambio automático de información. En esta línea, la OCDE desarrolla también la Acción 5 del plan BEPS.
Todos estos esfuerzos buscan transparencia y equidad tributaria: que los contribuyentes tributen por la ganancia que obtienen en la cantidad debida y en la jurisdicción que corresponda. Sin embargo, los distintos países que han empezado a cumplir con las exigencias de este nuevo estándar internacional han tenido que asumir retos y desafíos muy importantes a todo nivel (técnico, legal, político, económico). Muchos de ellos han iniciado la etapa de cumplimiento en los años 2017 y 2018; otros la empezarán este año o el próximo. Por esta razon, si bien otros temas ¾como la economía digital y los nuevos modelos de negocio¾ han sido los que han ocupado la atención en el ámbito de la tributación internacional, parece que el tema del intercambio automático de información empezará a recobrar interés.